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Violencia juvenil, “baby gangs” y segundas generaciones: la integración como deber, no como excusa

Violencia juvenil, “baby gangs” y segundas generaciones: la integración como deber, no como excusa

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Violencia juvenil, “baby gangs” y segundas generaciones: la integración como deber, no como excusa Buenos días, soy el abogado Fabio Loscerbo y este es un nuevo episodio del podcast Integrazione o ReImmigrazione. Hoy quiero abordar un tema que está ocupando cada vez más espacio en el debate público italiano: la violencia juvenil, las llamadas baby gangs, el fenómeno que a menudo se etiqueta con el término “maranza” y la referencia constante a las segundas generaciones. Se trata de un debate intenso, cargado de emociones y, con frecuencia, ideológico, en el que las palabras sustituyen a la responsabilidad y los relatos prevalecen sobre las soluciones. El primer error que se comete es refugiarse en las etiquetas. Baby gangs, maranza, segundas generaciones: expresiones que dan la impresión de explicar la realidad, pero que en realidad sirven para evitar el problema central. La cuestión no es cómo llamamos a estos fenómenos. La cuestión es que existen comportamientos violentos, reiterados y a menudo colectivos, que afectan directamente al orden público y a la seguridad cotidiana de las personas. Una parte importante del discurso público explica estos episodios como consecuencia del malestar social, la marginalidad o una supuesta identidad negada. Este tipo de análisis puede ayudar a describir determinados contextos, pero se vuelve peligroso cuando se transforma en una justificación implícita. En un Estado de Derecho, la violencia nunca es una reacción aceptable. Las normas no son negociables en función del origen o de la experiencia personal. La responsabilidad individual sigue siendo la base de la convivencia civil. Un segundo error, de signo opuesto pero igualmente problemático, consiste en minimizar el fenómeno afirmando que las baby gangs no existen como categoría jurídica. Es cierto desde un punto de vista formal. Pero es irrelevante desde el punto de vista práctico. El Derecho no necesita etiquetas mediáticas para intervenir. El Derecho actúa sobre las conductas. Cuando un grupo, organizado o informal, comete agresiones, robos o actos de intimidación, esa conducta es jurídicamente relevante con independencia del nombre que se le atribuya. El debate terminológico se convierte así en una forma cómoda de aplazar decisiones difíciles. En el centro de este debate se encuentra una concepción distorsionada de la integración. La integración suele presentarse como un proceso emocional, como un sentimiento de pertenencia que debería surgir de manera espontánea si la sociedad es suficientemente inclusiva. Desde una perspectiva jurídica, esta visión no se sostiene. La integración no es un sentimiento. Es una condición. Es un proceso definido por obligaciones concretas: respeto de la ley, participación real en el sistema educativo, reconocimiento de la autoridad pública y rechazo de la violencia como forma de relación social. Cuando estos elementos faltan, no estamos ante una integración incompleta, sino ante una integración fallida. Es precisamente en este punto donde entra en juego el paradigma Integrazione o ReImmigrazione. No como eslogan ni como provocación, sino como un marco serio para gobernar los fenómenos migratorios y la estabilidad social. La lógica es sencilla y profundamente tradicional. Quien vive de forma estable en Italia lo hace dentro de un pacto jurídico y cívico. Ese pacto incluye derechos, pero también deberes. La integración no es automática ni incondicional. Debe verificarse a lo largo del tiempo. Cuando el proceso funciona, el Estado tiene el deber de apoyarlo y consolidarlo. Cuando fracasa de forma reiterada y estructural, el Estado debe tener el coraje de extraer las consecuencias necesarias. La ReImmigrazione no es un castigo moral ni una venganza social. Es la consecuencia jurídica del incumplimiento de las condiciones de permanencia. Es un instrumento que devuelve credibilidad a las instituciones públicas, porque deja claro que las normas no son opcionales y que la convivencia no puede basarse en excusas permanentes. Este paradigma tiene además una ventaja fundamental: evita tanto la absolución sociológica como la generalización identitaria. No se dirige contra el origen, la identidad o la pertenencia cultural. Se dirige contra la conducta. Premia a quienes respetan las normas e interviene cuando las normas se vulneran de forma sistemática. Desde esta perspectiva, seguridad e integración no son conceptos opuestos. La seguridad es la condición de la integración, y la integración lograda es la base de la estabilidad social. Seguir separándolas conduce a debates interminables, ricos en palabras pero pobres en soluciones. El fenómeno que hoy se denomina maranza, baby gangs u otros términos no debe ser ni negado ni dramatizado. Debe ser gobernado. Porque lo que puede ser gobernado puede ser resuelto. Pero para gobernar hacen falta reglas claras, obligaciones exigibles y consecuencias reales. Soy el abogado Fabio ...
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