47LEY QUE PROTEGE LA SALUD E INTEGRIDAD FÍSICA DE LAS PERSONAS DEL CONTENIDO DE PLOMO EN PINTURAS Y OTROS MATERIALES DE REVESTIMIENTO
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Control de Plomo en Pinturas: Ley 31182: El texto fuente presenta la Ley Nº 31182 de Perú, cuyo objetivo principal es proteger la salud pública regulando la presencia de plomo en pinturas y otros materiales de revestimiento que se comercialicen en el país. Esta normativa establece una estricta prohibición a la fabricación y comercialización si se excede el límite máximo permitido de 90 partes por millón (ppm). Para asegurar su cumplimiento, la ley requiere que los productos cuenten con autorización sanitaria del Ministerio de Salud (MINSA) y exige que los fabricantes e importadores obtengan certificados de análisis acreditados. La legislación también refuerza la aplicación de la ley mediante la modificación del Código Penal, imponiendo penas de prisión de hasta ocho años a quienes distribuyan productos tóxicos o con plomo peligrosos. Finalmente, se ordena la creación de un registro nacional de fabricantes e importadores de estos materiales y la elaboración de las normas técnicas y reglamentos pertinentes para la implementación total de la ley.